Ayuntamiento de Novelda

PROGRAMA TERMALISMO IMSERSO 2017

Requisitos:

 

 

  1. Pueden ser usuarios de una de las plazas del Programa de Termalismo del Imserso los/las ciudadanos/as españoles/as y nacionales de otros países, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
    1. Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.
    2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    3. Ser pensionista por otros conceptos o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.
    4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.
  2. Los usuarios de plaza deben reunir los siguientes requisitos:
    1. No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.
    2. Poder valerse por sí mismo para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
    3. Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
    4. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
  3. Igualmente, podrán participar en los programas las personas de nacionalidad española, que residan en el extranjero, siempre que perciban una pensión del Sistema de Seguridad Social español y cuenten con la edad exigida en el punto primero, o sean asegurados o beneficiarios del Sistema de la Seguridad Social, con edad igual o superior a sesenta y cinco años, de acuerdo con lo previsto en el punto primero apartado d) y, en todos los supuestos, reúnan el resto de los requisitos exigidos a los usuarios en el punto segundo.
  4. También podrán ser adjudicatarios de las plazas, como acompañante, el cónyuge o, en su caso, la pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan alguno de los requisitos exigidos en el punto primero y en todo caso, cumpliendo los requisitos previstos en el punto segundo. Asimismo, podrán ser adjudicatarios de plaza, los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que el turno lo disfruten con sus padres y se alojen en la misma habitación
  5. Los requisitos se acreditarán al Imserso en la propia solicitud mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su acompañante.
  6. En todo caso, la concesión de plazas está condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.

Plazos para la presentación de las solicitudes:

a) Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:

1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 13 de enero de 2017.

2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 12de mayo de 2017.
b) Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias: 1.º Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 12 de mayo de 2017. 2.º Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 31 de octubre de 2017.

LAS SOLICITUDES SE PODRÁN TRAMITAR DESDE LA  CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEL MAYOR

(UNIDAD ADMINISTRATIVA) LUNES, MARTES Y JUEVES DE 8’30 A 11 HORAS

EN EL EDIFICIO TAPIS SITO EN LA CALLE MAESTRO MANDOS S/N

MÁS INFORMACIÓN EN LA PÁGINA DE LA CONCEJALÍA DEL MAYOR

 

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